Aprobado un nuevo Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (R.D. 513/2017)

El pasado 12 de junio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) se publicó el Real Decreto 513/2017 por medio del cual se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios o RIPCI, la cual anulará y sustituirá el Real Decreto 1942/1993.

Esta normativa, que se pondrá en vigor 6 meses después de su publicación en el BOE, busca establecer las condiciones y los requisitos exigibles relativos al diseño, instalación, mantenimiento e inspección de los equipos y sistemas que conforman las instalaciones de protección contra los incendios.

A su disposición se encuentran sujetos las empresas instaladoras y empresas mantenedoras de instalaciones de protección contra incendios. Asimismo, las exigencias técnicas de este reglamento aplica a los fabricantes, importadores, distribuidores u organismo que intervengan en la certificación y evaluación técnica de los productos, y a todos aquellos que pudieran verse afectados por esta regulación.

Esta regla deberá aplicarse conjuntamente con otras normativas, sobre todo el Código Técnico de la Edificación (R.D. 314/2006), y el Reglamento de Seguridad contra Incendios en los establecimientos industriales (R.D. 2267/2004).

El nuevo Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (R.D. 513/2017) nace debido a la notable evolución del sector y la aparición de nuevos equipos como tecnologías contra incendios en el mercado. Además, esta normativa trae consigo diversas novedades entre las que encontramos las inspecciones periódicas a locales, contratos de mantenimiento y colocación de dispositivos contra incendios, como los extintores portátiles, y señalización de los equipos y sistemas protección.

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